Evite una possible deportación si no califica, algo que puede consultar con los expertos de Liberty Tax.
El 15 de junio de 2012, después de más de una década de espera, finalmente se creó una acción diferida que ayudará a los jóvenes inmigrantes, que se graduaron de la escuela secundaria y residen en los Estados Unidos, a alcanzar sus sueños educativos. El Presidente Obama anunció que crearía una prórroga para que los estudiantes indocumentados (DREAMers) puedan, bajo una acción diferida, obtener permiso de trabajo y acceso a educación universitaria. El 15 de agosto de 2012, la solicitud para la “Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia” se hizo realidad: www.uscis.gov/portal/site/uscis. Los inmigrantes siempre han sido una población vulnerable. Es por ello que es importante que, los inmigrantes elegibles bajo la nueva política para una “Acción Diferida”, obtengan la información precisa a través de un “representante acreditado” o busquen la representación de un abogado con licencia (adiestrado). Antes de empezar la solicitud de “Acción Diferida”, la persona debe estar absolutamente segura que califica. De lo contrario, existiría una gran probabilidad de ser llevado a corte con cargos de deportación. Para minimizar este riesgo, consulte con un representante de Liberty Tax o abogado confiable.
Criterios para demostrar elegibilidad:
– Tenía menos de 31 años en el 15 de junio de 2012.
– Llegó a los Estados Unidos antes de los 16 años de edad.
– Ha residido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007 hasta este momento.
– Estuvo presente en EE.UU. el 15 de junio de 2012 y en el momento de presentar su solicitud de Acción Diferida ante el USCIS.
– Entró en EE.UU. sin inspección antes del 15 de junio de 2012 o su estatus legal de inmigración expiró el 15 de junio de 2012.
– Está asistiendo a la escuela, se ha graduado de la escuela superior, posee un Certificado de Educación General (GED, por sus siglas en inglés) o ha servido honorablemente en la Guardia Costera o en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos
– No ha sido encontrado culpable de un delito grave, delito menos grave de carácter significativo, múltiples delitos menos graves o representa una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.
Pruebas de identidad:
– Pasaporte original o documento de identidad nacional de su país de origen (carnet de identidad nacional, matrícula consular y cualquier otro documento oficial)
– Visa o cualquier documento original de inmigración o del gobierno de EE.UU. que muestre su nombre y foto (si llegó con un visado)
– Partida de nacimiento original (traducción certificada)
– Si alguna vez tuvo un caso judicial deberá conseguir un certificado de tal disposición.
– Si ha tenido trato con inmigración (fue arrestado en la frontera, solicitó un permiso de trabajo o Número de Seguro Social o cualquier otro contacto con el Servicio de Inmigración) debe solicitar copias de todos estos papeles de inmigración (copias de lo que envió a Inmigración, copias de lo que ellos le hayan enviado, etc.) Si usted o sus padres perdieron esta información, un abogado podría ayudarle a conseguir otra copia.
Llene el FORMULARIO G-1145 (notificación electrónica de la aceptación de solicitud/petición) de manera precisa. Seguido por el Formulario I-765WS (hoja de trabajo). Este formulario le permitiría al gobierno conocer su necesidad económica para conseguir empleo. Es por ello que usted solicitará la autorización de trabajo llenando este formulario. Junto con dicho formulario, usted deberá llenar el Formulario I-175 (Solicitud de Autorización de Empleo) lo más preciso posible. Por último, llene el Formulario I-821D (Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia) muy detalladamente y con cuidado. Este formulario esta compuesto por seis páginas. El objetivo de este formulario es solicitar al USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos) que elimine cualquier acción de deportación durante un plazo máximo de seis años. La consideración para la aprobación será considerada caso por caso.
Cerciórese que tenga los documentos necesarios para aplicar:
- Registros de impuestos (de los años pertinentes)
- Registros escolares (copias de todos los certificados, calificaciones del semestre, y si ya se graduaron: un diploma)
- Registros médicos y/o dentales.
- Registros de teléfono y cualquier otro registro, documentos o papeles que haya obtenido durante estos años con su nombre.
- Fotos de usted en los Estados Unidos, especialmente con familiares y amigos.
- Diversos documentos de sus padres (facturas de proveedores médicos, teléfono, electricidad, gas, cable, etc.) por todos los años desde que usted estuvo en los Estados Unidos.
Si va a usar a un abogado competente, honesto y profesional, debería prepararse para pagar $500-$800. Esto dependerá de la cantidad de tiempo que el abogado utilice en su caso. Tenga sus pruebas listas porque si el trabajo de seguimiento es mínimo, mínimas serán las visitas y menos el monto total que le cobrarán. Los honorarios totales de los formularios G-1145, I-821D, I-765 y el I-765WS son $465: Estos honorarios incluyen el monto de $380 por el Formulario I-765 y honorarios de servicios biométricos de $85.
Revise el procedimiento de su documentación:
- ¿Presentó pruebas para demostrar que llegó a los Estados Unidos antes de los 16 años de edad?
- ¿Presentó pruebas para demostrar su identidad, fecha de entrada inicial y residencia continúa desde el 15 de junio de 2007 (o antes) o hasta la fecha actual?
- ¿Presentó pruebas de que usted está actualmente en la escuela, tiene un certificado de GED, se ha graduado o ha recibido un certificado de finalización de la escuela secundaria o es un veterano honorablemente descargado de la Guardia Costera o las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos?
- ¿Si usted emitió una orden final, incluyó una copia de esa orden (si disponible)?
- Si los procedimientos de su deportación fueron suspendidos por un juez de inmigración, ¿incluyó una copia de la orden de terminación del juez?
- ¿Proporcionó pruebas demostrando que, desde el 15 de junio de 2012, estuvo presente en los Estados Unidos después de que su estado legal había expirado?
Una vez ya terminado su paquete de solicitud, tiene que cerciorarse de mandarlo a la dirección correcta:
Esperamos que Liberty Tax Service ~ Una Familia Sin Fronteras® le haya servido de utilidad proveyendo información sobre la “Acción Diferida” del Presidente Obama. Para más información sobre otros temas financieros y fiscales, favor comunicarse al 1-800-768-9036 o visite nuestra página www.libertytaxespanol.com. Nuestros representantes están listos para contestar cualquier duda que tenga. La consultas, estimados y revisiones de años previos de su declaración de impuestos son completamente GRATIS. ¡No se olvide de visitar una de nuestras oficinas hoy!





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